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EL GRUPO CARABAYA, EDITOR DE ESTE BLOG, POR CONSENSO, SE DECLARA ENFÁTICAMENTE A FAVOR DE LA GENERACIÓN ENERGÉTICA EN SI MISMA

miércoles, 20 de enero de 2010

HIDROELECTRICAS: ¿PREMIO? VERGUENZA ECOLOGICA.

GRUPOS DE LA SOCIEDAD CIVIL DE EEUU FRANCIA Y BRASIL CONDENAN DESTRUCCIÓN HIDROLÓGICA DE LA AMAZONÍA
Mr. Gérard Mestrallet
Presidente GDF SUEZ
2, rue du Docteur Lancereaux 75392,
Paris Cedex 08,
France
Fax: +33-1-40-06- 67-33
São Paulo, 12 de enero de 2010.

Re: Responsabilidad corporativa de GDF Suez por los impactos sociales y ambientales y riesgos asociados resultantes de la construcción de la hidroeléctrica de Jirau en el río Madera, en la Amazonía brasileña

Estimado Sr. Mestrallet,

Les escribimos para manifestar nuestra preocupación en cuanto a la participación de GDF Suez en la planificación y construcción de la hidroeléctrica de Jirau en el río Madera, en la Amazonía brasileña. En la condición de accionista mayoritaria (un 50.1%) del consorcio ENERGÍA SUSTENTABLE DEL BRASIL S.A. (ESBR) …(¿?)…., la GDF Suez es responsable de UNA SERIE DE VIOLACIONES DEL DERECHO BRASILEÑO E INTERNACIONAL, DE LAS SALVAGUARDAS Y PATRONES DE LA INDUSTRIA DE GENERACIÓN DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA y de las propias políticas de responsabilidad social de la empresa. Esas violaciones han resultado en perjuicios sociales y ambientales y creado riesgos de inmensas proporciones en esa región de enorme importancia ecológica y sociocultural.

GDF Suez y sus subsidiarias han demostrado una grave falta de responsabilidad en las etapas de planificación y construcción de la hidroeléctrica de Jirau, además de una falta de respeto por los derechos humanos y las normas de protección ambiental, hechos por los cuáles la empresa es responsable desde el punto de vista ético y legal.Los principales ejemplos de eso pueden resumirse así:

i)Elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental altamente deficiente para las hidroeléctricas de Jirau y Santo Antônio en el río Madeira (por medio de Leme Ingeniería, subsidiaria de la GDF Suez, contratada por la gigante de la industria de la construcción Odebrecht y por la empresa estatal Furnas). Ese estudio entre otras deficiencias, y en violación a la legislación ambiental brasileña, simplemente ignoró los impactos de esos mega-proyectos en los países vecinos de Bolivia y Perú, que comparten la cuenca del río Madera con Brasil;

ii) Ausencia de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas afectados, como determina el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la legislación aplicable en Brasil, en Bolivia y en Perú;

iii) Inicio de la construcción de la hidroeléctrica en detrimento de la existencia de abundante documentación sobre la presencia de indígenas aislados altamente vulnerables. Aún después de la confirmación de la presencia de grupos de indígenas aislados cercanos a la ubicación de las obras, la construcción prosiguió con su ritmo acelerado; 2

iv) Ausencia de evaluación de los riesgos creados por la construcción de la hidroeléctrica para las poblaciones ribereñas residentes en los ríos tributarios río arriba, dentro del área de la reserva y río abajo con relación a la represa de Jirau. Esa evaluación tendría que necesariamente haber incluido los riesgos asociados a la pérdida del acceso a los recursos naturales, incluyendo los recursos de uso común y de acceso público (peces, agricultura en tierras inundables, productos de la floresta), la pérdida del acceso al río como medio de transporte, así como las pérdidas decurrentes del desplazamiento involuntario. La indemnización a las familias directamente afectadas por el área de embalse de la hidroeléctrica ha sido extremadamente inadecuada, un reflejo de una evaluación incompleta y parcial de los impactos de la hidroeléctrica;

v) Decisión de la ESBR de cambiar la localización de la hidroeléctrica para otro punto del río Madera después del proceso de licitación, sin que para eso se haya realizado un nuevo estudio de impacto ambiental como es requerido por la legislación ambiental brasileña;

vi) Deforestación ilegal llevada a cabo directamente por la GDF Suez y sus socias en el consorcio ESBR, incurriendo en multas aplicadas por el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (IBAMA), las cuales aún no han sido pagadas;

vii) Existencia de condiciones inhumanas de trabajo en las empresas subcontratadas por el consorcio ESBR.Esos hechos constituyen violaciones del derecho brasileño y del derecho internacional del medio ambiente y de los derechos humanos. Respecto de ese tema conviene mencionar que la subsidiaria de la GDF Suez integrante del consorcio ESBR (Suez Energy South America Participaciones, Ltda.) es una de las demandadas en las acciones civiles públicas enjuiciadas en Brasil por los Ministerios Públicos Federal y Estatal y por las organizaciones de la sociedad civil.Además de eso, la implicación de GDF Suez en la hidroeléctrica de Jirau también viola los protocolos del sector, mismos que la empresa asegura que adopta, incluyendo el protocolo de sostenibilidad, de 2004, de la International Hydropower Association (IHA), asociación de la cual GDF Suez es miembro activo. También hay violaciones evidentes a los compromisos de la empresa junto al UN Global Compact, iniciativa de las Naciones Unidas que requiere que las empresas eviten asociarse en abusos de derechos humanos, además evidente falta de respeto a las normas de la OCDE para las empresas multinacionales.

Finalmente, la participación de GDF Suez en la hidroeléctrica de Jirau contradice y viola los propios valores y políticas internas de la empresa, evidenciando la discrepancia entre su discurso oficial sobre desarrollo “sustentable” de obras de infraestructura y responsabilidad social, y sus prácticas reales de grave falta de respeto a las personas y a los ecosistemas impactados por los proyectos en los cuales la empresa está directamente involucrada.

Las prácticas irregulares e ilegales por parte de algunos órganos gubernamentales, tales como aquellas asociadas con la concesión de licencias ambientales para la hidroeléctrica de Jirau, evidentemente no excluyen al GDF Suez de su responsabilidad legal con relación a los daños causados por el proyecto, así como por los riesgos por él creados. 3Antes de decidir sobre su implicación en cualquiera de las fases del ciclo del proyecto Jirau, GDF Suez y sus subsidiarias deberían haber verificado que todas las normas aplicables habían sido respetadas, particularmente con relación al medio ambiente y los derechos humanos. En ese sentido, el papel de GDF Suez en la hidroeléctrica de Jirau no fue sólo de complicidad con las violaciones de los derechos arriba descritos, sino que también fue protagonista directa de esas violaciones.

Consecuentemente, la empresa tiene responsabilidad por los graves impactos ambientales y sociales que causó y por los riesgos que ha creado, de forma directa o indirecta.Considerando las evidencias de la actuación irresponsable de GDF Suez en las fases de planificación y construcción de la hidroeléctrica de Jirau – asociadas a la violaciones significativas de derechos humanos y de la legislación ambiental, así como de la creación de riesgos de perjuicios sociales y ambientales adicionales – las siguientes demandas requieren acciones urgentes e inmediatas por parte de la empresa:1. GDF Suez debe suspender inmediatamente todas sus actividades relacionadas con la construcción de la hidroeléctrica de Jirau, en el río Madera.2.

Medidas de urgencia deberán ser tomadas por la GDF Suez con relación a los graves impactos sociales y ambientales y riesgos ya creados por la hidroeléctrica de Jirau, incluyendo las siguientes:

a) Restablecer la integridad territorial, física y cultural de los grupos de indígenas aislados amenazados por la construcción de la hidroeléctrica, en conjunto con organizaciones de defensa de los derechos de los pueblos indígenas;

b) Cumplir con las normas internacionales aplicables con relación al derecho de los pueblos indígenas al consentimiento libre, previo e informado (Convención 169 de la OIT);

c) Elaborar nuevos estudios de impacto ambiental y social considerando también:

  • i) impactos de la hidroeléctrica de Jirau en los territorios de Bolivia y Perú localizados dentro de la cuenca del Madeira (eliminando, inclusive, incertidumbres en cuanto al área a ser inundada por el área de embalse y a los impactos con relación a la ictiofauna y pesca), lo que debe ser hecho mediante consulta con esos países; y
  • ii) el desplazamiento del local de la ubicación de la hidroeléctrica, incluyendo la evaluación de los impactos en áreas legalmente protegidas;

d) Realizar análisis independiente de los riesgos e impactos a las poblaciones ribereñas, incluyendo la evaluación de las pérdidas relativas a la falta de acceso a recursos de uso común y acceso público (peces, agricultura en áreas inundables, productos de la floresta) y a la pérdida del uso del río como medio de transporte. Ese análisis debe incluir las poblaciones residentes no sólo en donde el área de embalse está siendo proyectado, sino también río arriba en relación a la represa, en el río Madeira y en sus ríos tributarios, así como río abajo.

Las negociaciones sobre indemnizaciones deben ser transparentes y tomar en consideración el análisis de riesgos e impactos antes mencionado. Todas las medidas posibles deben ser tomadas para que sean restablecidas, entre las poblaciones ribereñas afectadas, condiciones similares a las que poseían en cuanto al acceso a los recursos naturales, producción de subsistencia y generación de renta; 4

e) Saldar todas las multas emitidas por el órgano ambiental en razón de la deforestación ilegal;

f) Garantizar que todos los trabajadores que hayan sufrido en razón de condiciones inhumanas de trabajo sean indemnizados, inclusive aquellos que trabajan para empresas subcontratadas por el consorcio ESBR.3. Para implementar las acciones urgentes requeridas, deberá haber seguimiento y fiscalización por un comité independiente integrado por representantes de los Ministerios Públicos Federal y Estatal, por especialistas de renombre de la comunidad científica y por la sociedad civil de Brasil, Bolivia y Perú. El plan para implementar acciones de urgencia debe incluir metas, indicadores y responsabilidades institucionales.4.

La construcción de la hidroeléctrica de Jirau solamente deberá tener continuidad cuando GDF Suez pueda demostrar efectivamente que los graves impactos y riesgos sociales y ambientales asociados a ese mega-proyecto hayan sido adecuadamente resueltos a través de las medidas urgentes arriba mencionadas y otras medidas adecuadas. Cuando GDF Suez no tenga condiciones o disposición para atender a esas condiciones, la empresa y sus subsidiarias deben retirarse inmediatamente y permanentemente del consorcio ESBR y abstenerse de participar en toda y cualquier actividad relacionada a la hidroeléctrica de Jirau.5.

Finalmente, GDF Suez debe proporcionar evidencias concretas de que no incurrirá en violaciones similares a las cometidas en Jirau. Antes de involucrarse en otras licitaciones de proyectos hidroeléctricos, la empresa deberá revisar el contenido y la aplicación de sus políticas de responsabilidad corporativa, en especial con relación a la evaluación de proyectos hidroeléctricos y los riesgos sociales y ambientales que causan, además de la observancia de los derechos humanos y de la legislación ambiental.En razón del papel fundamental del gobierno francés como el más importante accionista de GDF Suez (un 36%), enviaremos una copia de esta correspondencia a las autoridades francesas competentes.Agradecemos su atención y aguardaremos las providencias debidas.

Cordialmente,Amazon WatchChristian Poirier: mailto:christian@amazonwat

Amigos da Terra – Amazônia BrasileiraRoland Widmer: mailto:roland.widmer@

Associação de Defesa Etnoambiental KanindéTelma Monteiro: mailto:kaninde@kaninde.

Survival InternationalJean Patrick Razon: mailto:jp@survivalfrance.

BIC – Bank Information Center 5CIMI-RO –

Conselho Indigenista MissionárioCOIAB –

Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia BrasileiraCPT-RO –

Comissão Pastoral da Terra / RondôniaDAR –

Derecho, Ambiente y Recursos NaturalesGreenpeaceGTA –

Grupo de Trabalho AmazônicoIMV-

Instituto Madeira VivoIRN –

International Rivers NetworkMAB-

Movimento dos Atingidos por BarragensSherpaFrance Libertés –

Fondation Danielle Mitterrand

Cc: M. le Président de Suez Energy South America Participações, Ltda ;

M. le Président d’Energia Sustentável do Brasil S.A. ;

M. Nicolas Sarkozy ;

M. Christian Estrosi ;

M. Eric Besson ;

M. Bernard Kouchner ;

Mme. Christine Lagarde ;

M. Jean-Louis Borlo.

Jean-Patrick Razon, director de la organización no gubernamental Survival International France, señaló que la carta será enviada también al Presidente Nicolas Sarkozy y las otras autoridades del gobierno francés exigiéndoles que dejen de financiar proyectos destructivos con dinero público.

Por estas razones, la GDF Suez está entre los finalistas para recibir el premio “Public Eye Award” de 2010, en Davos. EL PREMIO ES CONCEDIDO ANUALMENTE A LAS EMPRESAS QUE REPETIDAMENTE NO RESPETARON EL MEDIO AMBIENTE DEL MUNDO

Greenpeace – Making Waves: Public Eye Award 14 Jan 2010 …

3) GDF Suez: Despite the opposition of the local population and harsh criticism … of the Jirau hydroelectric dam on the Madeira River. …weblog.greenpeace. org/…/archives/…/public_ eye_award. html – Amazonia.org. br 14 Jan 2010 … For its involvement in the Madeira Dam, GDF Suez has been short-listed to win the 2010 “Public Eye Award” in Davos for being one of the …http://www.amazonia.org.br/english/noticias/noticia.cfm?id...

Multinacional francesa GDF Suez é criticada por seu papel na …14 Jan 2010 … De acordo com a carta enviada, “a GDF Suez e suas subsidiárias têm demonstrado uma grave … The Madeira River: Life Before the Dams (WWF) …http://www.amazonia.org.br/noticias/print.cfm?id=341090

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